Fuente: Ámbito ~ El Gobierno flexibilizó los posibles destinos de los capitales del blanqueo para la construcción: podrán afectarse a proyectos inmobiliarios locales como inversión o a inmuebles usados.
El Gobierno nacional oficializó este viernes 13 de enero la modificación de dos artículos de la regulación del Blanqueo para la Construcción, que aprobó en diciembre del año pasado. Así dispuso que se permitirá el uso de capitales blanqueados en el marco de esta iniciativa para la compra de inmuebles usados que podrán destinarse a viviendas permanentes o para alquiler con un mínimo de diez años de arrendamiento.
El proyecto había sido aprobado por el Congreso en diciembre de 2022 con el fin de impulsar el sector de la construcción y también facilitar la exteriorización de capitales no declarados. Este viernes, el Decreto 18/2023 publicado en el Boletín Oficial amplía los rubros de inversión, lo que se espera que lleve a un mayor caudal de inversiones.
En ese sentido, el artículo 1° de la norma mencionada establece la sustitución del artículo 2° del Decreto 556/2022 y anuncia que se ampliará el uso de los capitales. “Los fondos que se declaren deberán afectarse al desarrollo o la inversión, en proyectos inmobiliarios en la República Argentina o a la adquisición de un inmueble usado”, aclara el decreto de la Ley de Incentivo a la construcción federal argentina y acceso a la vivienda.
La novedad en el Blanqueo para la Construcción
En el caso del inmueble usado, el decreto detalla que son todos aquellos que “hubiesen estado habitados o afectados a arrendamiento, uso, usufructo, habitación, anticresis, superficie u otros derechos reales”.
Además, el decreto aclara que el inmueble “afectado a locación con destino exclusivo a casa-habitación, el locatario o la locataria no deberá resultar titular de ningún inmueble, cualquiera sea la proporción”. Esto había sido anticipado en el tratamiento del proyecto.
Dado que el blanqueo de capitales no solo permitirá la compra de viviendas usadas, sino también su inversión en el desarrollo de inmuebles, se remarcó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) será responsable de dictar las normas complementarias a la forma de acreditación de la adquisición del inmueble usado y a la verificación del cumplimiento de los requisitos y destinos.
La normativa de AFIP al respecto
En ese sentido, AFIP había elaborado y publicado la normativa tendiente a la regulación de la compra-venta de los inmuebles que se hayan adquirido con fondos blanqueados.
Las personas que tengan dinero no declarado podrán aplicar en esta ley que comienza con una alícuota sobre el total declarado del 5% en los primeros 90 días de entrado en vigencia el proyecto. Quienes reportaran los fondos entre los 90 y los 180 días desde la entrada en vigencia, pagaron una alícuota del 10%. Quienes lo hicieran desde los 180 días hasta el vencimiento del plazo, hacia finales de 2023, pagarán un 20% de alícuota. Este impuesto no puede ser abonado con dinero blanqueado en la operación, por lo que es necesario contar con dichos importes disponibles para afrontar el pago del tributo.
Con base al texto de la ley, se establece que la compra de los inmuebles usados con dos tipos de fines. Por un lado, “destino exclusivo” para el uso de vivienda propia de aquel que blanqueó, o por otro lado, al caso en que sea destinada al alquiler tradicional para vivienda familiar por un plazo que no podrá ser menor de 10 años.
Cómo se aplica al cupo importador y cuál es la carga impositiva
Asimismo, se establece que la Secretaría de Comercio exceptuará a estos giros en el Sistema de Importaciones de la Republica Argentina (SIRA) para el cálculo de la Capacidad Económica Financiera (CEF).
Además del plazo de casi un año para el blanqueo, la medida fija un impuesto especial cuya alícuota será del 5% de lo declarado, si se hace dentro de los primeros 90 días de creado el régimen; del 10%, si se hace en los siguientes 90 días y del 20%, si se realiza en los últimos 180 días.
Al igual que la medida destinada a las propiedades, esta normativa también fue elogiada desde el sector empresarial: el presidente de la Confederación General Empresaria (Cgera), Marcelo Fernández dijo al incluirse la misma en el Presupuesto que la entidad «había puesto mucho énfasis en la necesidad de colaborar con la escasez de divisas y poder blanquear esos dólares que están en poder de empresas y empresarios».