Fuente: Cronista ~ Este jueves el Gobierno reglamentó la prórroga al blanqueo a la construcción: todos los detalles y por qué puede hacer subir al dólar blue.
A la espera de las normas de la AFIP y el BCRA, el Poder Ejecutivo avanzó en la reglamentación de la nueva versión del blanqueo a la industria de la construcción.
A continuación detallamos los aspectos más relevantes de la prórroga dispuesta por la Ley 27.679 y la reglamentación del Decreto 556/2022.
1. ¿Qué tipo de bienes puedo blanquear?
De acuerdo a la Ley 27.613, la modificación dispuesta por la Ley 27.679 y la reglamentación del Decreto 556/2022, entendemos que se puede blanquear moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y/o en el exterior que no hubiera estado declarada al 12 de marzo de 2021 por parte de quienes son residentes fiscales de acuerdo a las normas del impuesto a las ganancias al 22 de agosto de 2022.
2. ¿Cuál es el impuesto especial que voy a tener que pagar por blanquear fondos?
El impuesto a pagar dependerá de la fecha en que se depositen los fondos en la cuenta especial Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar), conforme al siguiente detalle:
Acreditaciones efectivizadas | Impuesto Especial |
Desde el 22/08/2022 al 19/11/2022 | 5% |
Desde el 20/11/2022 al 17/02/2023 | 10% |
Desde el 18/02/2023 al 16/08/2023 | 20% |
En consecuencia, el mayor beneficio lo tendrán quienes depositen los fondos hasta el 19 de noviembre de 2022, al pagar la alícuota del 5%.
3. ¿Puedo pagar el impuesto especial con los fondos blanqueados?
No, no es posible pagar el impuesto especial con los fondos blanqueados.
4. ¿A qué tipo de cambio se deben convertir los dólares a pesos para calcular el impuesto especial?
La moneda extranjera blanqueada debe convertirse a pesos al tipo de cambio comprador del Banco de la Nación Argentina del día en que se depositen los fondos en la Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar).
5. ¿Qué plazo tengo para invertir los fondos blanqueados en proyectos inmobiliarios?
Los fondos blanqueados deberán invertirse en proyectos inmobiliarios antes del 31 de diciembre de 2024, es decir, hasta el 30 de diciembre de 2024.
Esto es positivo ya que se cuenta con un horizonte de más de dos años para el desarrollo de los proyectos inmobiliarios.
6. ¿Puedo invertir en cualquier proyecto inmobiliario?
Los proyectos inmobiliarios elegibles para las inversiones son aquellos que correspondan a obras privadas nuevas iniciadas a partir del 12 de marzo de 2021 (construcciones, ampliaciones, instalaciones: entre otras) y que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, se encuentren sujetos a denuncia, autorización o aprobación por autoridad competente.
También están comprendidas aquellas obras privadas nuevas que, a dicha fecha, poseían un grado de avance inferior al 50% de la finalización de la obra.
Los proyectos inmobiliarios deben estar registrados en el Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI) y cada uno de ellos estar identificados a través del Código de Registro de Proyecto Inmobiliario (COPI).
7. ¿Debo invertir todos los fondos blanqueados de una sola vez o puedo hacerlo en etapas?
Los fondos blanqueados pueden invertirse en los proyectos inmobiliarios en etapas, es decir, en forma parcial.
Esto permite que se pueda realizar una inversión en un proyecto inmobiliario en pozo, a través del cual se van pagado cuotas mientas el mismo se va desarrollando.
8. ¿Puedo blanquear fondos y beneficiarme con la exención y el pago a cuenta de bienes personales?
No. Quienes se adhieran al blanqueo no tienen derecho a los beneficios de eximición del impuesto sobre los bienes personales ni del pago a cuenta de dicho impuesto por las inversiones realizadas.
9. ¿Es conviene blanquear pesos o dólares?
Resulta conveniente blanquear dólares en lugar de pesos. Veamos un ejemplo de una persona que blanquea USD 200.000 y otra persona que blanquea ARS 58.400.000 (USD 200.000 x ARS 292 tipo de cambio «dólar libre»)
La persona que blanquea USD 200.000 deposita los fondos hoy y debe convertirlos a pesos al tipo de cambio 138,12 = ARS 27.624.000
El impuesto del 5%, asciende a ARS 1.381.200. En cambio la persona que blanquea ARS 58.400.000 debe pagar el 5% que asciende a ARS 2.920.000. Es decir, un 211,41% más por blanquear pesos en lugar de dólares.
Esto probablemente generará que quienes quieran blanquear pesos terminen recurriendo a su conversión a dólares a través del mercado ilegal para su posterior blanqueo.
Operaciones de este tipo, aún cuando son ilegales, podrán presionar hacia una suba del dólar libre o blue, que se podrá ver intensificada hacia la fecha en que termina la primer etapa del blanqueo, es decir, el 19/11/2022.
10. ¿Cuál es el costo real del blanqueo?
Si se blanquean dólares, dado que estos se convierten a pesos al tipo de cambio oficial, el costo real es menor a la alícuota del impuesto especial.
En el ejemplo anterior vimos que si se blanquean USD 200.000, el impuesto es de ARS 1.381.200. Considerando que el «Dólar MEP» cotiza a ARS 283, podríamos indicar que el costo real del blanqueo sería el 2,44% de acuerdo al siguiente cálculo:
USD 200.000 x 283 = ARS 56.600.000
ARS 1.381.200 / ARS 56.600.000 = 2,44%
La incógnita final es si esta prórroga del blanqueo tendrá éxito.
En nuestra opinión, la crisis económica y política por la que atraviesa Argentina junto a la falta de seguridad jurídica y la ausencia de una modificación de la ley de alquileres, genera un ambiente poco propicio para que el blanqueo sea exitoso.
No obstante, puede ser una herramienta útil para quienes tengan dinero sin declarar y necesiten una vivienda, algún departamento para obtener una renta o para quienes se les ha detectado alguna cuenta en el exterior producto del intercambio automático de información bancaria que recibe la Argentina y quieran regularizar su situación.