Fuente: Clarín – A partir de un documento que resalta “la importancia de preservar y fortalecer los alcances del título en la profesión de arquitecto y arquitecta”, la Federación de Entidades de Arquitectos (FADEA) se puso al frente del reclamo para sostener las veinte incumbencias establecidas por resoluciones ministeriales.
El comunicado aborda cuestiones críticas relacionadas con los derechos y responsabilidades inherentes al ejercicio de la arquitectura “así como la necesidad de mantener altos estándares éticos y de calidad en el ámbito profesional”.
Haciendo historia, las Incumbencias generales fueron establecidas con la participación activa de especialistas designados por las universidades, consejos y colegios, después de muchos debates. Así lo expresa el contenido de la resolución Ministerial 133/87 donde se establecieron 19 incumbencias.
Posteriormente, se sancionó la Resolución Ministerial 498/2006, donde se aprobaron contenidos curriculares básicos, carga horaria mínima, formación práctica, estándares de acreditación y en el Anexo V, y las 19 incumbencias contenidas en la resolución 133/87, que sumadas a Higiene y seguridad constituyen las 20 actividades reservadas al título de Arquitecto/a.
Esto permitió durante más de 30 años acreditar, garantizar y defender la profesión ante el Estado, ante otras disciplinas y ante la sociedad en general.
Sin embargo, la Resolución Ministerial 1254/2018, totalmente inconsulta, establece que “los alcances de los títulos los define cada institución universitaria” y que las actividades reservadas al título de Arquitecto/a “son un subconjunto limitado de los alcances de título (aquellos que impliquen riesgo directo sobre la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formación de los habitantes)”.
Se reemplaza además en la Resolución Ministerial 498/2006 el anexo V (las 20 actividades reservadas al título de Arquitecto/a) por el Anexo XXII compuesto por cuatro puntos que, “en forma confusa e incompleta intenta definir las actividades reservadas al profesional”, dice el documento de la FADEA, que rechazó totalmente esta resolución fundamentada en diferentes presentaciones y propuestas.
Sin embargo, aunque se intentó por todos los medios llegar a instancias de diálogo, nunca hubo respuestas acordes a las demandas.
Además, se informó que la resolución 1254/2018 está siendo litigada en el Juzgado Federal N°2 de La Plata, en una acción acompañada por todas las entidades de arquitectos, ya que la misma afecta derechos y tiene consecuencia directa con toda la sociedad.
De acuerdo a la resolución ministerial de estándares de acreditación para el título de Arquitecto que incluye el anexo citado, las 32 facultades de Arquitectura nacionales y privadas podrán definir sus planes de estudio, contenidos, cargas horarias, alcances de títulos y acreditar las carreras.
Si esto sucede -dicen desde la FADEA-, los graduados habrán transitado diferentes contenidos, ya que no tendremos el respaldo de la Resolución 133/87 ni la resolución 498/06.
Esto pone en grave riesgo el futuro de la profesión. “Respetamos la autonomía universitaria, pero no olvidemos de que nuestro título es ‘nacional’ y corresponde que todos tengamos los mismos alcances para ejercer nuestra profesión”.
“Por eso, enfáticamente solicitamos que las 20 actividades definidas constituyan el piso mínimo para la elaboración de los planes de estudio de todas las carreras de arquitectura tanto públicas como privadas del país. Afirmando también que el grado máximo del título debe ser siendo el de Arquitecto/a en todas las facultades”, concluye el documento.