Fuente: Ámbito ~ Este lunes, se publicaron las condiciones para informar los datos de los sujetos que ingresen al blanqueo de capitales para la construcción.
El Gobierno dispuso que los sujetos que adhieran al programa de blanqueo de capitales para la construcción deberán informar, con carácter de declaración jurada, datos concretos del destino de los fondos declarados. Así fue establecido tras la modificación de la Resolución General 4.976, de AFIP, que se publicó este lunes en el Boletín Oficial.
La norma mencionada aclara que esa información se canalizará a través del servicio denominado «Régimen Informativo Normalización», disponible en el sitio web del organismo tributario. En el caso de los fondos afectados al desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios se informará el o los códigos de registro de los mismos (COPI).
En cambio, si los fondos se afectan a la adquisición de inmuebles usados se deberá detallar monto destinado a la adquisición, datos de la vivienda y de los titulares vendedores a quienes se les transfieren los fondos.
Cómo funciona el blanqueo para la construcción
Esto es en el marco del Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina, que prevé un procedimiento de exteriorización de la tenencia en moneda nacional y extranjera para la realización de inversiones en construcción.
Las personas humanas, las sucesiones indivisas y los sujetos que obtengan rentas de la tercera categoría del Impuesto a las Ganancias, residentes en el país, podrán declarar hasta el 17 de agosto de este año de manera voluntaria ante la AFIP la tenencia de moneda extranjera y/o moneda nacional en el país y en el exterior que no hubiera sido declarada al 12 de marzo de 2021.
Todos los datos que se recaben a partir del programa de normalización estarán alcanzados por el secreto fiscal.