Fuente: Ámbito ~ Es importante sostener la continuidad de los tres años como plazo mínimo legal, dando la opción a que las partes pueden acceder a una actualización que se abone en dos momentos. Otro de los aspectos centrales que debe profundizarse es la registración de los contratos.
Desde hace tiempo en nuestro país el acceso a la vivienda se ha convertido en una problemática multicausal y estructural que limita la movilidad social, dejando a millones de familias como única opción alquilar, muchas veces en condiciones precarias.
En materia de locaciones, desde la sanción de la Ley 27.551, se pudo modificar la relación entre locatarios, locadores y corredores inmobiliarios, a partir de una necesidad, sobre todo por parte de los locatarios, como la parte más débil del contrato, de ampliar el marco de protección de derechos. En ese contexto, se generaron reformas legislativas sustanciales que dieron un cambio de paradigma, proponiendo, entre otros aspectos: espacios habitables, la disponibilidad de servicios e infraestructura dignos, seguridad jurídica en la tenencia y gastos soportables.
Sin lugar a dudas, las circunstancias sobrevinientes a la sanción de la Ley de Alquileres Nº 27.551, a raíz de la Pandemia de Covid-19, impactaron y produjeron un profundo cambio a nivel social, sanitario y económico, lo cual se tradujo en la gravitación de los índices de la economía a nivel local y global, y un correlativo cambio de las variables económicas, lo que inevitablemente se trasladó a un escalonamiento en los precios de los alquileres en nuestro país y en el mundo.
Por otra parte, es inevitable señalar que, a diciembre de 2019, Argentina registraba una crisis en la política de viviendas, con más de 50.000 paralizadas a nivel país, circunstancia que motivó al Poder Ejecutivo Nacional, tras la asunción del presidente, Alberto Fernández, a asumir de forma prioritaria la tarea de ejecutar estas obras, estableciendo un nuevo paradigma con el programa Casa Propia, entregado a la fecha más de 40.000 viviendas.
La actual discusión de la ley de alquileres nos plantea, en primer lugar, el desafío de seguir promoviendo la construcción de nuevas unidades habitacionales con perspectiva federal e integral, en pos de garantizar definitivamente el derecho a la vivienda a cada argentina y argentino; sobre todo teniendo en cuenta que hay alrededor de 9 millones de personas en situación de locatarios, según datos de Inquilinos Agrupados.
En segundo lugar, el debate que se ha instalado en la sociedad y en el Congreso de la Nación, nos propone volver a trabajar con todos los sectores involucrados, sin perder de vista que el Estado continuará cumpliendo una función reguladora, garantizando el equilibrio de los derechos en juego. Partiendo de ese lugar, es necesario que ambas partes de la relación locativa cuenten con el factor de la previsibilidad, por lo cual es importante sostener la continuidad de los tres años como plazo mínimo legal, dando la opción a que las partes pueden acceder a una actualización que se abone en dos momentos. Otro de los aspectos centrales que debe profundizarse es la registración de los contratos, en virtud de que el Estado tiene la obligación de resguardar el mercado inmobiliario de conductas que promueven la informalidad y la precarización, para lo cual su participación, a través de las autoridades competentes, debe estar dirigida a lograr reglas transparentes. Asimismo, es prioritario proponer una autoridad de aplicación especifica, que controle el cumplimiento y observancia del marco jurídico establecido.
Somos conscientes de que la discusión de un nuevo desarrollo normativo debe darse bajo una perspectiva inclusiva y justa, teniendo como objetivo que alquilar sea un paso, antes de poder acceder a un techo propio.
*La autora es diputada nacional del Frente de Todos por la provincia de Entre Ríos e integra la Comisión de Legislación General que debate la Ley de Alquileres en el Congreso.