Blanqueo de capitales para la construcción: qué dice la ley y hasta cuando se puede acceder

Fuente: BAE ~ La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) instrumentó la prórroga por un año de los beneficios fiscales previstos en la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda. Cómo es la normativa.

La Afip instrumentó la aplicación de la ley que permite ventajas impositivas por activos que se declaren y que estén destinados a proyectos de construcción. Los fondos que se declaren deberán afectarse, únicamente, al desarrollo o la inversión de proyectos inmobiliarios en el país que se lleven a cabo con anterioridad al 31 de diciembre de 2024.

La normativa habilita la declaración voluntaria de tenencia en moneda nacional y extranjera hasta el 17 de agosto de 2023 para la realización de inversiones en desarrollos inmobiliarios.

De acuerdo con lo que se establece en Resolución General N° 5253 que avanza sobre lo que indica la ley N° 27679, los fondos deberán depositarse en una Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina y podrán ser aplicados, transitoriamente, a la compra de títulos públicos nacionales. Luego se deberán afectar al desarrollo o la inversión en proyectos inmobiliarios en el país.

Sobre el valor de la tenencia declarada se establecerá un impuesto especial, cuya alícuota variará de acuerdo al momento en que se acrediten los fondos en la cuenta especial. La alícuota del impuesto especial surgirá del siguiente detalle:

Qué impuestos no se pagarán con el blanqueo 

De acuerdo con las indicaciones de la Resolución, se liberará a la suma declarada de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder. El monto declarado quedarán eximidos de los siguientes impuestos:

● Ganancias, incluidas salidas no documentadas

● Transferencia de Inmuebles

● Créditos y débitos en cuentas bancarias

● IVA

● Bienes Personales

● Contribución especial sobre el capital de las cooperativas.

La declaración jurada se tomará como presentada una vez que se registra el pago en la AFIP.

Cómo inscribirse en la AFIP para el blanqueo 

El procedimiento para acceder a los beneficios fiscales se realiza a través del servicio con clave fiscal “Normalización de la tenencia en moneda Ley 27.613”, de la siguiente manera:

1. Registrar la existencia de las tenencias, la acreditación en la cuenta especial y su valuación, a través del formulario 1130, donde se determina el impuesto. Finalizada la carga, presionar el botón “Fin de la registración».

2. Generar desde el servicio citado el Volante Electrónico de Pago (VEP) del impuesto especial y abonarlo. De este modo se producirá, en forma automática, el envío de la declaración jurada con la información registrada en el punto 1.

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